
INSPECCIÓN DE MERCANCÍAS QUE NO CONTENGAN SUSTANCIAS AGOTADORAS DE OZONO
Instituto Boliviano De Metrologia
Trámite Presencial
Los refrigerantes empleados en el pasado presentaban la preocupante capacidad de descomponer la capa de ozono, representando así una amenaza para la salud y el medio ambiente. Como resultado de acuerdos y tratados internacionales, se ha decidido eliminar el uso de los refrigerantes que contribuyen al agotamiento de la capa de ozono, conocidos como "Sustancias Agotadoras de Ozono" (SAO). Bolivia se ha sumado a estos compromisos internacionales, por consiguiente, se requiere que todo sistema de refrigeración que emplee estos refrigerantes sea sometido a inspección y certificación por parte de IBMETRO, con el fin de asegurar que dichas sustancias no ingresen al territorio nacional.
Marco Legal
En el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 572, del 14 de julio de 2010, todos aquellos productos, equipos o artefactos que requieran un gas refrigerante para su funcionamiento deben obtener previamente un certificado que establezca la inexistencia de sustancias agotadoras de ozono, mismo que es un requisito indispensable para tramitar la Declaración de Mercancías de Importación (DIM).
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Fecha Actualización
26/02/2025
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