Efectuar la inscripción de una nave en el ámbito marítimo y/o la Hidrovía Paraguay – Paraná, por el periodo que dure el contrato de fletamento no mayor a cinco años, luego que el Propietario y/o Armador cumplió con los requisitos requeridos para el Registro Permanente Dual
Marco Legal
DS 26256
Categorías
Sitios de interés
Palabras Clave
registro dual
permanente dual
dual
Fecha Actualización
10/01/2025
Contacto
Línea de Contacto: 2184026
Línea de Soporte: 63195237
soporte@agetic.gob.bo

