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TRÁMITE DE DIPLOMA DE BACHILLER EN HUMANIDADES

Direc. Dptal. de Educación Oruro

Trámite Presencial

De acuerdo con el artículo 81 de la C.P.E., la Ley Nº 3991 y el D.S. Nº 0265, se establece un procedimiento normativo que regula cada instancia (Dirección Distrital y Departamental, respectivamente) para el inicio del trámite hasta la impresión de los Diplomas de Bachiller. Este procedimiento aplica a los estudiantes que han finalizado sus estudios secundarios en Unidades Educativas de dependencia fiscal, de convenio y privadas, de los Subsistemas de Educación Regular, Educación Alternativa y Especial.

Marco Legal
ART. 91 C.P.E., LEY N°070, LEY 3991, D.S. 0265, D.S. 1302,R.M.. 0690,D.S. 1320 ,R.M. 822/201,R.M. 022/2011,R.M.,Reglamento de la Emisión gratuita de Diplomas de Bachiller, RM 001/2017,Decreto Supremo 813.
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Fecha Actualización
26/06/2025

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