Es un único pago de Bs1.800, que se realiza a la persona que acredite haber pagado el funeral, por el fallecimiento de una persona Beneficiaria de la Renta Dignidad.
Marco Legal
Resolución Administrativa SPVS-IP N°091/2008 de 30 de enero de 2008. Circular AP/DPNC/1-2009 de 19 de mayo de 2009. DECRETO SUPREMO Nº 29400 La Paz, 29 diciembre de 2007 CAPÍTULO III GASTOS FUNERALES ARTÍCULO 21, 22, 23, 24 y 25
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20/02/2025
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